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Referencias da busca neste documento para: Documentos da Catedral de Lugo. Século XV

1233
1474, xullo, 18. Valladolid
O bispo de Lugo afóralles a Fernando de Astrar, á súa muller e a dúas voces a herdade das Cartas na freguesía de San Salvador de Muxa, por renda anual de dez fanegas de pan, e outras obrigacións.

MADRID, AHN, Carp. 1333 C/13, perg. orix., cortesá, 325 x 165 mm.

Nos don Garçia de Baamonde por la gracia de Dios et de la santa iglesia de Roma, Obispo de Lugo, oydor de la Abdiençia del Rey nuestro senor et del su Consejo, por quanto somos informados [...] se llama das Cartas que es en la aldea de Muja de Fondo, sub el signo de Sant Salvador de Muja, que es en los cotos de la nuestra çibdat de Lugo et es [...] por rason de [...] Santa Maria de la dicha çibdat de Lugo, la qual agora trae et labra Rodrigo d’Astras et Rodrigo Afonso et Diego Lopes et les fue arrendada por mengua de la dicha heredat no [...] que pueda vivir casero que lavre et por quanto vos Fernando d’Astrar enparçades et dades una casa, que vuestro padre vos dio et da, a la dicha heredat das Cartas et mas [...] de faser un çillero pegado con la dicha casa en vuestra heredat propia nos, el dicho senor Obispo, veyendo que es serviçio de Dios et pro de la dicha nuestra yglesia et nuestro [...] por la presente vos damos et aforamos la dicha heredat das Cartas, suso nomeada, con la dicha casa et çillero, el qual aveys de faser desde oy dia de la fecha desta nuestra carta en tres anos, la qual dicha casa es la que el dicho vuestro padre conpro a Gonçalo de Muja, que Dios aya, et esta junta con la dicha heredat, la qual dicha heredat vos aforamos con todas sus entradas et salidas et aguas vertientes et corrientes et monte et fonte por donde quiera que vayan a nos pertenesçen et a la dicha nuestra iglesia, et con todos sus usos et costumbres quantas ha et aver deven en qualquier manera; et avedes a poner vos, el dicho Fernando d’Astrar, fijo de Rodrigo d’Astrar, veynte arboles los quales seran mançanos et perales et çiruelos. La qual vos aforamos a vos et a vuestra muger et a otros dos herederos despues de vos, el uno sea qual nombrare el postrimero de vos, o sy no fuere nonbrado sea el que de derecho heredare vuestros bienes et asy suvcesyve del otro heredero; et avedes a dar en foro por la dicha heredat et casa a nos et a la dicha nuestra iglesia, o a quien nuestro poder oviere, en cada un ano dies fanegas de pan linpias de polvo et de paja medidas por la medida derecha, puestas en el dicho lugar desdel dia de Santa Maria de agosto fasta el dia de Santa Maria de setienbre de cada ano; et avedes de tener la dicha heredat et casa bien reparada et labrada por manera que non se pierda por mengua de lavorio, et con esta condiçion vos la aforamos que muriendo vos, el dicho Fernando d’Astar, que la persona que subçediere en el dicho fuero dentro de treynta dias primeros siguientes se venga mostrando como es persona forera, et asy la segunda despues que subçediere, so pena de perder el fuero. Et al finamiento de la postrimera persona la dicha heredat et casa con su çeleiro finquen libres et desenbargadas a nos et a la dicha nuestra iglesia con todos los buenos reparos et edefiçios que en ella estovieren fechos.

Et yo, el dicho Fernando d’Astar, que presente estoy por mi et por las dichas personas asy resçibo de vos, el dicho senor Obispo, este dicho fuero en la manera et condiçiones susodichas, et para lo conplir et pagar obligo a mi mesmo et a todos mis bienes, asi muebles como rayses, avidos et por aver.

Et nos, el dicho senor Obispo, asy vos lo otorgamos con las condiçiones et cosas susodichas, para lo qual guardar et tener vos mandamos dar esta nuestra carta firmada de nuestro nombre et sellada con nuestro sello.

Que fue dada et otorgada en la noble villa de Valladolid, a dies et ocho dias del mes de jullio, ano del nasçimiento del nuestro salvador Jhesu Christo de mill et quatroçientos et setenta et quatro anos.

Testigos que fueron presentes: Juan Alfonso, chantre; et Diego de Fonteyta, canonigo en la nuestra iglesia de Lugo; et Juan Fernandes de Otero, nuestros familiares.

Et yo Juan Sanches de Cantalapiedra, notario publico por las abtoridades apostolicas et real, fuy presente en uno con los dichos testigos a lo que susodicho es et por mandado del dicho senor Obispo esta carta fis escrivir et deste mi acostumbrado signo la signe en testemoyo de verdad.