1378
1489, xaneiro, 5. Lugo
O bispo de Lugo afóralles a Xoán Vázquez e a dúas voces o lugar de Porcís...
MADRID, AHN, Cód. 417 B, f. 119 r. e v., deteriorado.
Sepan quantos esta carta de fuero et aforamento vieren como nos don Alonso Enrriquez por la graçia de Dios et de la Santa iglesia de Roma, Obispo de Lugo, y del Consejo del Rei et de la Reina nuestros senores, veiendo et entendiendo que fazemos nuestro provecho et buen paramento nuestro et de la iglesia et mesa obispal et de nuestros subçesores, por la presente aforamos et damos en fuero a vos Juan Vasques, fillo de Vaasco Cacharro ya defunto, que presente estades, et a otras dos personas despues de vos, la una qual vos nombrardes en vuestra vida o al tiempo de vuestro finamento et la otra qual nombrare aquella que por vos fuere nonbrada, et non seyendo nombradas que sean personas deste fuero quien mas de derecho herdar vuestros vienes o la mayor parte dellos. Conviene a saber que vos aforamos et damos en fuero, como dicho es, el nuestro logar de Porçiis con su vodega et vinas, huer[...] pares de brancas de lutosa. Et avedes de seer vasallos servientes et obedientes a nos et a la dicha nuestra iglesia et suçesores. Et que cada una de las dichas personas, que en este dicho fuero suçediere, sea tenuda de se venir mostrar et presentar ante nos o nuestros suçesores estando en el obispado, si non ante nuestros vicarios o suios, como es persona del del dia que en el suçeder fasta triinta dias primeros seguientes, so pena de lo perder. Et a finamento de la postremera persona que el dicho logar, vinas et cosas sobredichas nos quede et a nuestros subçesores libre et quito et desenbargado con todos reparos et buenos paramentos que en todo ello fuere et estubiere fecho.
Et yo, el dicho Juan Vasques, que presente estoi, asi reçebo de vos, el dicho senor Obispo, este dicho fuero para mi et para las dichas mis personas arriba declaradas et nombradas, et obligo mis vienes et suios para lo conplir et pagar et tener todo en buen paramento segun et como dicho es.
Et nos, el dicho Obispo, asy vos lo damos et otorgamos, en testimonio de lo qual otorgamos ende dello dos cartas de fuero, anvas en un tenor, una para vos, el dicho Juan Vasques, et vuestras personas, et otra para que quede asentada en el libro de nuestros fueros.
Que fue fecha et otorgada en la çibdade de Lugo, a çinquo dias del mes de henero, ano del nasçemiento de nuestro senor Jhesu Christo de mill et quatroçientos et ocheenta et nueve anos.
Testigos que foron presentes: el onrrado Alvaro Garçia, chantre de la iglesia de Lugo; et Ferrnan Lopez de Vervetoros, et Albaro Coria, et Juan de Portela, clerigos, todos criados et familiares del dicho senor Obispo, et otros.
Alvar Peres, notario.